¿Conoces qué Derechos tienes en tu situación laboral?
Si no sabes cómo actuar lo mejor es contar con el asesoramiento de abogados especialistas en Derecho Laboral
¿Te han despedido y no estás de acuerdo con la decisión de la empresa? ¿Qué puedes hacer?
Te ayudo y asesoro en tu caso para defender tus derechos y ver si te encuentras ante un despido improcedente
¿Cómo lo haremos?
Revisaremos la carta de despido
Veamos si la carta de despido y la liquidación entregada por la empresa es ajusta a la Ley y se han respetado tus Derechos
Presentaremos una papeleta de conciliación
Si la empresa no ha actuado correctamente impugnaremos su decisión
Pasaremos a la vía judicial
Si no hemos podido llegar a acuerdo presentaremos una demanda
¡Recuerda que tenemos 20 días!
Además, la primera consulta será online y sin compromiso
Un primer asesoramiento para ver juntos el caso y sus posibles soluciones sin compromiso
Pronto de terminar mis estudios empecé a trabajar en despachos y bufete de abogados con amplia experiencia.
Trabajar con abogados especialistas en Derecho Laboral me llevó a especializarme en esta rama del Derecho.
Sin embargo siempre quise ejercer la abogacía por mi cuenta.
Hoy apuesto por una abogacía más digital pero cercana y de confianza como cada cliente necesita.
Si estás buscando un despacho de abogados en Plasencia para consultar tu caso o necesitas un abogado laboral en Plasencia (Cáceres), estaré encantada de ayudarte.
Algunas preguntas de mis clientes sobre Derecho Laboral
El despido objetivo es el que se produce por alguna causa relacionada con la actividad de la empresa de las que se recoge en el articulo 52 del Estatuto de los Trabajadores y que no tienen que ver con comportamiento del trabajador.
En el despido improcedente la indemnización es de 33 días por año trabajado (o 45 días hasta el 12 de febrero de 2012) con un máximo de 24 mensualidades.
Para ello, previamente hay que determinar el salario que corresponde por día y que variará según la nómina en cada caso.
Cuando el contrato de interinidad sea para sustituir a un trabajador con derecho a reserva de su puesto de trabajo, durará tanto como la ausencia de ese trabajador; pero si es para ocupar un puesto de trabajo en proceso de selección, no podrá ser superior a 3 meses (Excepto en Administraciones Públicas).
Cuando el trabajador cumple 365 días de baja por incapacidad temporal se le podrá prorrogar por 6 meses, dar de alta o pasar al tribunal médico para iniciar un expediente incapacidad permanente.
En caso de que se conceda una prórroga la empresa deberá seguir pagando al trabajador; mientras que si se produce el alta el trabajador deberá reincorporarse al puesto de trabajo, pudiendo recurrir la resolución si no está conforme.
Durante la baja será la empresa quien pague al trabajador, si bien a partir del día 16 de baja el pago que realiza la empresa al trabajador en nómina será a cargo de la Seguridad Social o mutua.
¿Cómo empezamos?
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Asimismo acordaremos la forma de pago según se adapte a tus necesidades y al caso concreto.
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Recuerda que en Derecho Laboral los plazos son muy cortos por lo mejor empezar cuanto antes.
Así me ha valorado otros clientes contentos con el éxito de su caso...