Si has llegado hasta aquí probablemente estés preocupado por la custodia de tu hijo. Puede que hayas pasado por una ruptura sentimental, o simplemente la situación con el padre o madre de tu hijo sea cada vez más complicada.
Si te estás preguntando en qué casos se deniega la custodia compartida probablemente tengas además otras muchas dudas relacionadas con este tema.
No sé si ya te has decidido a tomar cartas en el asunto o al menos te lo estás planteando, pero con este artículo me gustaría resolver muchas de tus dudas.
Y es que los abogados de custodia compartida tratamos en nuestro día a día asuntos como el tuyo, por eso sé lo importante y delicado que es todo esto para ti.
Quiero que encuentres en mi artículo las respuestas que buscas y puedas tomar una decisión acertada en tu caso, así que…
¡Te cuento todo lo que me suelen preguntar los clientes que confían en mí!
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Custodia compartida España: Que es la custodia compartida.
En el Derecho de familia existen varias formas de guarda y custodia de los hijos menores o incapacitados.
La custodia compartida es una de ellas, en la que ambos progenitores tienen atribuida la misma para cuidar y vivir con su hijo de forma habitual.
Es decir, el hijo permanecerá con ambos progenitores habitualmente, de forma que se irán alternando periodos de convivencia en la forma que se establezca por acuerdo o judicialmente (Semanal, quincenal, mensual, etc.).
«Aunque esto no implica que deba repartirse el tiempo a partes iguales sino que se debe equiparar la dedicación a los hijos en términos de tiempo y esfuerzo, y crear un vínculo afectivo que permita a los hijos e hijas mantener tanto el referente materno como el paterno», como dice el Consejo General del Poder Judicial en su guía de criterios de actuación judicial en materia de custodia compartida.
Es muy importante no confundir la custodia compartida con la patria potestad.
Cuando hablamos de patria potestad nos referimos a los derechos y deberes que tienen los padres, por el hecho de serlo, sobre los hijos no emancipados, como puede ser representarlos legalmente, administrar sus bienes, deber de alimentarlos…; mientras que la custodia se refiere a la convivencia habitual con los hijos.
Debido a la importancia de la figura de la patria potestad es mucho más difícil privar a un progenitor de la misma que de la custodia.
En qué consiste la custodia compartida.
La custodia compartida es, por tanto, una forma de guarda y custodia de los hijos menores o incapacitados en la que ambos progenitores tienen atribuida la misma en igualdad de condiciones, con los mismos derechos y deberes, para convivir con estos de forma habitual.
En situaciones normales es el tipo de custodia recomendada para la estabilidad y desarrollo favorable de los hijos ya que así podrán relacionase con ambos por igual.
Así pues, ambos progenitores participarán de la crianza, educación y necesidades del hijo en común.
Requisitos custodia compartida.
La custodia compartida se puede determinar mediante acuerdo de ambos progenitores, sin embargo, si no es posible porque la situación es complicada, será el juez quien decida el tipo de custodia legal.
Si es tu caso, te informo de que existen una serie de requisitos a valorar que influirán en la decisión del juez a la hora de establecer el tipo de custodia en cada caso.
¿Cuáles son los requisitos que valorará el juez para otorgar una custodia compartida?
Jornada laboral y disponibilidad horaria para el cuidado del hijo.
Uno de los aspectos que el juez tendrá en cuenta es el horario de los progenitores y su disponibilidad para el cuidado de los hijos, pues es necesario que éstos estén en compañía de sus padres, lo que requiere de cierta disposición horaria.
Los abogados de custodia de hijos nos solemos encontrar con que el padre o la madre tienen apoyos familiares (abuelos, la pareja, etc.) para el cuidado del menor, lo cual también se debe valorar por el juez.
La opinión del hijo y su relación con los padres y hermanos.
La forma en que los hijos se relacionan con cada uno de los progenitores es esencial a la hora de determinar la custodia compartida.
Para determinar este aspecto nos centramos en el tiempo que cada progenitor suele pasar con el hijo, qué tipo de actividades realizan, como se encarga de la educación y crianza… Es decir, que se hayan ocupado de sus hijos en anterioridad a solicitar la custodia compartida.
Por este motivo, si el menor tiene una mala relación con el padre o la madre y manifiesta no querer convivir y pasar tiempo con éste, una custodia compartida será más difícil.
Asimismo, se debe tener en cuenta la relación del hijo con sus hermanos procurando no separarlos y establecer el mismo tipo de custodia para ambos.
Edad del hijo.
Partimos de que no existe una edad mínima para establecer la custodia compartida, si bien la edad del hijo será un factor determinante a la hora de atribuir los periodos a cada progenitor.
Lo recomendable es que cuanto menor sea la edad del hijo menor deben ser los periodos de alternancia entre el padre y la madre, especialmente si hablamos de bebés en periodo de lactancia donde lo aconsejable sería días, es decir, por ejemplo, dos o tres días con la madre y después dos o tres días con el padre, y viceversa.
El periodo de lactancia es esencial, sin embargo, no impide la custodia compartida, pues nuestros tribunales entienden que la relación del bebé con el padre es más importante y no es motivo para privar a este de la misma.
Así, según vaya creciendo el bebé se podrán ir espaciando los periodos de alternancia entre los progenitores, lo cual recomendamos los abogados de custodia compartida.
Además, la edad del hijo también es determinante porque si este tiene 12 años o más, el juez tendrá en cuenta su opinión sí o sí al entender que dispone de edad y madurez suficiente para manifestar con quien quiere convivir.
Proximidad entre los domicilios de los padres y del colegio.
Cuando hablamos de procedimientos judiciales con hijos menores todo gira en torno a la estabilidad y bienestar del estos, o, como decimos los abogados especialistas en Derecho de familia, el interés superior del menor.
Por eso, si los domicilios de los padres están a gran distancia, como puede ser en ciudades diferentes, se valorará el tiempo de viaje, los kilómetros, etc. y en caso de que suponga una situación incómoda para el hijo, probablemente se rechazará la custodia compartida.
Además, influye la distancia entre los domicilios de los padres en relación al lugar del colegio del menor o centro de las actividades que realice, y sus horarios, de forma que la custodia compartida no será recomendada si hay una gran distancia desde alguno de los domicilios de los padres.
Entorno y vida social del hijo.
Siempre que sea posible, para establecer un tipo de custodia u otra se debe tener la mirada en cuál es el entorno familiar y social y el estilo de vida del hijo al que estará arraigado, sobre todo cuando mayor edad tenga.
La custodia compartida no será recomendada si implica para el menor romper con su entorno y vida social y familiar por completo.
Por lo que siempre se deben valorar las consecuencias si uno de los progenitores decide mudarse y cambiar de domicilio, por ejemplo.
Capacidad y estabilidad de los progenitores.
El progenitor que quiera la custodia debe estar capacitado plenamente para el cuidado y educación del hijo a su cargo, es decir, que sea una persona apta para cumplir con sus obligaciones y deberes como la alimentación, la higiene, el seguimiento médico, etc.
Asimismo, influye la estabilidad y organización de los padres, como, por ejemplo, tener una vivienda habitual donde el menor pueda pernoctar, estudiar, etc. Es decir, siempre será preferente un estilo de vida que favorezca la estabilidad emocional y correcto desarrollo del hijo.
Estos factores no son los únicos a tener en cuenta. Cada caso es diferente y se deben valorar las particularidades, sin embargo, representan en conjunto qué aspectos son esenciales para decidir el mejor tipo de custodia en cada supuesto.
Cómo conseguir la custodia compartida.
Siempre que se produzca una ruptura sentimental o una separación o divorcio en España con hijos menores o incapacitados, los progenitores podrán solicitar la custodia compartida ya sea de forma amistosa, mediante un convenio regulador, o ya sea mediante un procedimiento judicial contencioso si no hay acuerdo.
Una vez el progenitor haya solicitado este tipo de custodia se valorarán judicialmente los requisitos que te he contado más arriba para estudiar si la custodia compartida es la más recomendada en ese caso.
Además, al tratarse de menores o incapacitados el juez siempre tendrá en cuenta la opinión del Ministerio Fiscal antes de su decisión.
Y si el menor es mayor de 12 años también oirá su opinión, como ya hemos visto.
Especialmente si hablamos de procedimientos contenciosos, es decir, cuando no hay acuerdo entre los progenitores sobre el tipo de custodia, se puede solicitar un informe del equipo psicosocial del juzgado que consiste en una prueba en la que el hijo es explorado por este equipo para después dictaminar mediante un informe qué tipo de custodia es la más adecuada para él.
Cómo conseguir custodia materna o paterna.
La opción más fácil sería un acuerdo entre ambos progenitores consistente en atribuir la custodia a la madre o al padre. En este caso al haber un acuerdo mutuo no sería necesario acudir a un procedimiento contencioso para que sea el juez quien decida el tipo de custodia.
Sin embargo, si en tu caso es difícil llegar a un acuerdo porque la situación se ha vuelto complicada, habría que valorar si cumples con los requisitos que hemos visto antes para ver las probabilidades que consigas la custodia compartida.
¿Por qué pueden denegar la custodia compartida?
Métodos de educación diferentes que desestabilicen al menor; una mala relación entre los progenitores que perjudica al hijo; bebés o niños de muy corta edad en periodo de lactancia… podrían ser algunas de las causas.
Como hemos visto siempre se busca el bienestar del hijo, por eso algunos de estos motivos pueden influir en la decisión del juez de que la custodia compartida no es la más idónea.
Así, y para que te hagas una idea, hay algunas causas por las que se puede denegar la custodia compartida por no ser recomendable como:
- En casos de violencia de género: Si el padre está condenado o al incluso acusado (durante el proceso de custodia) por un delito de violencia de género no se establecerá la custodia compartida.
- En caso de alienación parental: o conocido como Síndrome de Alienación Parental que tiene lugar cuando uno de los progenitores fomenta el rechazo del hijo hacia el otro progenitor perjudicando la relación paterno filial con este, y que suele darse en procesos de rupturas sentimentales o matrimoniales.
- Situación especial de salud del menor que requiera de estabilidad: Hablamos de casos en los que por razón de salud éste necesita una mayor estabilidad que desaconseja los desplazamientos que comporta una custodia compartida.
- Por una conducta violenta: que haya antecedentes penales por conductas violentas o por maltrato infantil o abusos.
- Problemas de adicción como alcohol o drogas: dada su repercusión en la dedicación al bienestar y seguridad del menor.
- Por ingreso penitenciario: si alguno de los progenitores va a ingresar en prisión no se otorgará la custodia compartida.
- Desatención de los hijos durante la relación: Si el progenitor que solicita ahora la custodia compartida no se ha hecho cargo del cuidado y educación del menor durante el tiempo que duró la relación sentimental con la expareja.
- En periodo de lactancia: si el procedimiento es contencioso la lactancia puede influir en que la custodia se establezca a favor de la madre, al menos hasta que el menor alcance los 2 años, edad en la que según la Organización Mundial de la Salud (OMS) los bebés pasan a ser niños y por tanto más independientes con respecto a aspectos como la alimentación.
¿Qué valora un juez para dar la custodia? El consejo de un abogado de custodia compartida.
El juez tendrá en cuenta la aptitud personal de los progenitores para encargarse del cuidado del hijo, así como su estilo de vida y la estabilidad que les pueda procurar. Además, tendrá en cuenta la relación del hijo con cada uno de los padres, así como con las personas que estos conviven.
Cada situación es diferente y requiere de un asesoramiento especial por parte de un abogado de custodia compartida, si bien en resumidas cuentas los aspectos más importantes a tener en cuenta serán, como ya hemos visto arriba:
- La capacidad y aptitud de los padres para asumir los deberes y obligaciones que comportan el bienestar del hijo.
- La distancia que existe entre los domicilios de los padres en relación con el colegio y demás actividades del hijo.
- La voluntad y opinión del hijo.
- Quien se ha encargado y dedicado al cuidado del hijo con anterioridad a la ruptura sentimental o matrimonial.
- El tipo de relación entre los progenitores y cómo esta afecta al hijo
- La relación del hijo con cada uno de los padres y con las personas que estos conviven (Familia, pareja, etc.).
Convenio custodia compartida ¿Es necesario?
El convenio regulador será necesario si los progenitores llegan a un acuerdo sobre el tipo de custodia, ya que deberán plasmar en el las condiciones acordadas para su ejercicio y presentarlo judicialmente para su homologación.
Por el contrario, si no hay posibilidad de acuerdo, no habrá convenio regulador y deberá tramitarse un procedimiento contencioso que terminará con una sentencia en la que sea el juez quien decida el tipo de custodia.
El convenio regulador es el documento donde los padres, de mutuo acuerdo, recogen todas las medidas relativas a como quieren que sea su relación con el hijo: tipo de guarda y custodia, régimen de visitas, pensión de alimentos…
En el convenio regulador se debe detallar la forma en que se ejercerá la guarda y custodia. Es decir, si los progenitores de forma amistosa acuerdan optar por la custodia compartida deberán detallar aspectos como:
- En qué periodos estará el hijo con cada uno de ellos.
- Cómo se comunicará el hijo con el padre no custodio y/o con otros familiares como los abuelos.
- Cómo se tomarán las decisiones sobre la educación, salud…
- Cómo se contribuirá por cada uno de ellos a los gastos ordinarios y extraordinarios.
Custodia hijos de padres no casados ¿Para quién es?
Cuando existen hijos menores de edad de una relación entre progenitores no casados, tras la ruptura se debe regular el modo en que éstos se van a relacionar y encargar del cuidado del hijo mediante un procedimiento de medidas paterno filiales.
Es decir, no existe ninguna diferencia entre los deberes y obligaciones de los padres casados y los no casados con respecto a los hijos.
Por tanto, los hijos matrimoniales y los extramatrimoniales tienen los mismos derechos frente a sus progenitores.
Ambos procedimientos podrán ser amistosos, si hay acuerdo entre los progenitores, o contencioso, si no es posible.
Custodia bebé padres no casados ¿Qué sucede?
Sucede lo mismo que hemos explicado antes; los hijos nacidos en el matrimonio tienen los mismos derechos que los que nacen fuera de el.
Por lo tanto, en este caso no influye tanto la existencia o no de matrimonio, sino la edad del hijo, ya que hablamos de bebés en periodo de lactancia.
No habrá ningún inconveniente en establecer la custodia compartida para un bebé si hay acuerdo entre los progenitores; sin embargo, si la situación es contenciosa hay bastantes probabilidades de que se atribuya la custodia a la madre en base a la lactancia y se posponga en el tiempo la custodia compartida a favor de ambos.
¿Hasta qué edad tiene la custodia una madre o un padre?
Cuando el hijo cumpla los 18 años se extinguirá la patria potestad de los progenitores; sin embargo, no ocurre lo mismo con la guarda y custodia que se podrá seguir ostentando por éstos cuando el hijo no sea económicamente dependiente, por ejemplo.
Custodia madre sin ingresos y otras situaciones.
La custodia compartida sí será posible, aunque uno de los progenitores carezca de ingresos si en el caso concreto es el tipo de custodia más recomendable para el hijo, sin que el mero hecho de no tener ingresos sea un impedimento.
Aunque la capacidad económica de los progenitores es uno de los aspectos a tener en cuenta a la hora de determinar el tipo de custodia, si el padre o la madre carece de trabajo e ingresos se podrá solicitar una pensión de alimentos al otro progenitor para atender a las necesidades del hijo durante los periodos que esté con el progenitor que carece de ingresos, como medida para paliar esta situación.
Si se da esta situación, por norma general, hablamos de pensiones de alimentos menores a aquellas que se establecen en situaciones de custodia exclusiva, ya que el menor pasará tiempo con ambos progenitores al tratarse de una custodia compartida.
Por tanto, el mero hecho de que uno de los progenitores no tenga medios económicos no es un obstáculo para que se pueda adoptar la guarda y custodia compartida.
¿Custodia compartida para no pagar la pensión?
No es cierto que en la custodia compartida no se paga pensión de alimentos. Si bien en la mayoría de los casos los progenitores no deberán pagarla no siempre es así si se produce un desequilibrio económico.
Es decir, si uno de los progenitores carece de recursos económicos o se da una situación de notable diferencia entre los ingresos de uno y del otro, se podrá fijar una pensión de alimentos a favor del hijo para cubrir las necesidades de éste durante los periodos de convivencia con el progenitor sin recursos.
Si es tu caso, te cuento que se tendrán en cuenta estos factores:
- El tiempo que pasa el hijo con cada uno de los padres.
- La diferencia de ingresos entre los progenitores.
La diferencia en la capacidad económica de los progenitores debe ser tenida en cuenta, pues si uno de ellos apenas tiene recursos para cubrir sus propias necesidades (Alimento, vivienda, etc.) difícilmente podrá hacer frente a las necesidades del hijo.
Fijando una pensión de alimentos, que siempre es a favor del hijo, el progenitor sin recursos podrá satisfacer sus necesidades durante los periodos que pase con el.
Custodia compartida y argumentos en contra.
En muchas ocasiones, por las circunstancias de la separación sentimental o matrimonial o por la propia ineptitud de uno de los progenitores la custodia compartida no es aconsejable y surgen muchos argumentos en contra.
Todas estas circunstancias deben ser expuestas ante el juez por tu abogado de custodia compartida, pues está en juego el bienestar de los hijos.
Algunos de los motivos por los que surgen argumentos en contra de la custodia compartida son:
- La patologías psiquiátricas o adicción de uno de los progenitores, por las razones que hemos explicado arriba.
- El cambio de opinión del progenitor con respecto a la custodia injustificadamente: como por ejemplo el caso del progenitor que en principio no quería la custodia compartida y ahora sí la solicita por un comportamiento inmaduro.
- Intención de evadir la pensión de alimentos: Son muchas las ocasiones en las que uno de los progenitores solicitar la custodia compartida con la única intención de no tener que abonar una pensión de alimentos a sabiendas de que no se encargará del cuidado del menor.
- Posible desestabilización del hijo por un cambio en el tipo de custodia: en supuestos en los que se intenta conseguir una custodia compartida cuando la custodia la tiene uno de los progenitores en exclusiva y dicho cambio comporte un riesgo de desestabilización del menor en sus hábitos y relaciones.
- Relación conflictiva entre los progenitores y absoluta falta de comunicación: situación en la que el menor suele posicionarse en el centro del conflicto y que impide a los progenitores tomar decisiones en conjunto sobre la educación y crianza del hijo en común.
Como ves, todas estas situaciones provocan que surjan muchos argumentos en contra de una custodia compartida por no ser lo más recomendable para el bienestar el hijo.
Ahora que conoces en qué casos se deniega la custodia compartida ¿Opinas que se debe luchar siempre por ella?
Si te tuviera en mi consulta, me gustaría asesorarte desde la experiencia que tenemos los abogados de custodia compartida.
Y es que en muchas ocasiones mis clientes, nublados por la rabia contra su expareja, deciden iniciar un procedimiento contencioso con el fin de conseguir una custodia exclusiva, sin pensar en las consecuencias de privar a su hijo de la compañía de su otro progenitor.
Por el contrario, en otras ocasiones, tengo que defender a mis clientes pensando en el bienestar de sus hijos, ya que su expareja intenta conseguir una custodia compartida sólo para no pagar una pensión de alimentos a sabiendas de que no se hará cargo ni de los deberes escolares, ni de llevarle al centro de salud, ni de apuntarles a clases extraescolares…
Situaciones complejas detrás de las que hay una persona preocupada por su hijo que requiere de toda la atención y apoyo de un abogado implicado en su caso.
No dudes en contarme tu caso si necesitas que te ayude. Para que lo sepas, trabajo con mis clientes en toda España, pero también podrás encontrarme si necesitas abogados divorcio Cáceres.
Espero haber resuelto todas tus dudas sobre en qué casos se deniega la custodia compartida, pero si quieres dejarme abajo tu caso particular ¡Te responderé encantada lo antes posible!